NIC 37 · Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes

Párrafo 48 Sucesos futuros

Los sucesos futuros, que puedan afectar a la cuantía necesaria para cancelar la obligación, deben ser objeto de reflejo en la evaluación de la misma, siempre que haya una evidencia objetiva suficiente de que puedan aparecer efectivamente.

Norma Internacional de Contabilidad 37, párrafo 48. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 287 del documento de origen .

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