NIC 37 · Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes

Párrafo 3 Alcance

Los contratos pendientes de ejecución son aquellos en los que las partes no han cumplido ninguna de las obligaciones a las que se comprometieron, o bien que ambas partes han ejecutado parcialmente, y en igual medida, sus obligaciones. Esta Norma no se aplica a los contratos pendientes de ejecución, salvo que tengan carácter oneroso para la entidad.

Norma Internacional de Contabilidad 37, párrafo 3. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 281 del documento de origen .

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