NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos

Párrafo 89 Comprobación del deterioro del valor para las unidades generadoras de efectivo con plusvalía

Si una unidad generadora de efectivo, de las descritas en el párrafo 88, incluyera en su importe en libros un activo intangible que tuviera una vida útil indefinida o que todavía no estuviera disponible para su uso, y este activo sólo pudiera ser sometido a la comprobación del deterioro del valor como parte de la unidad generadora de efectivo, el párrafo 10 requiere que la unidad también sea sometida a la comprobación de deterioro del valor anualmente.

Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 89. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 267 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Comprobación del deterioro del valor para las unidades generadoras de efectivo con plusvalía»

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