NIC 36 · Deterioro del Valor de los Activos
Párrafo 88 Comprobación del deterioro del valor para las unidades generadoras de efectivo con plusvalía
Cuando, según se determina en el párrafo 81, la plusvalía se relacione con una unidad generadora de efectivo pero no haya podido ser distribuida a la misma, esta unidad se someterá a una comprobación del deterioro de su valor, cuando existan indicios de que su valor podría haberse deteriorado, comparando el importe en libros de la unidad, excluyendo la plusvalía, con su importe recuperable. Cualquier pérdida por deterioro del valor se reconocerá de acuerdo con el párrafo 104.
Norma Internacional de Contabilidad 36, párrafo 88. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 267 del documento de origen .