NIC 33 · Ganancias por Acción
Párrafo 67 Presentación
Las ganancias por acción se presentarán para cada periodo para el que se presente un estado del resultado integral. Si las ganancias por acción diluidas se presentan al menos para un periodo, se presentarán para todos los periodos sobre los que se informe, incluso si coinciden con el importe de las ganancias por acción básicas. Si las ganancias por acción básica y diluida son iguales, la doble presentación puede llevarse a cabo en una sola línea del estado del resultado integral.
Norma Internacional de Contabilidad 33, párrafo 67. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 239 del documento de origen .