NIC 32 · Instrumentos Financieros: Presentación
Párrafo 34 Acciones propias en cartera (véase también el párrafo GA36)
El importe de las acciones propias poseídas será objeto de revelación separada en el estado de situación financiera o en las notas, de acuerdo con la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. La entidad suministrará, en caso de recompra de sus instrumentos de patrimonio propios a partes relacionadas, la información a revelar prevista en la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas.
Norma Internacional de Contabilidad 32, párrafo 34. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 217 del documento de origen .