NIC 21 · Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera
Párrafo 32 Reconocimiento de las diferencias de cambio
Las diferencias de cambio surgidas en una partida monetaria que forme parte de la inversión neta en un negocio extranjero de la entidad que informa (véase el párrafo 15), se reconocerán en los resultados de los estados financieros separados de la entidad que informa, o bien en los estados financieros individuales del negocio en el extranjero, según resulte apropiado. En los estados financieros que contengan al negocio en el extranjero y a la entidad que informa (por ejemplo, los estados financieros consolidados si el negocio en el extranjero es una subsidiaria), estas diferencias de cambio se reconocerán inicialmente en otro resultado integral, y reclasificadas de patrimonio a resultados cuando se realice la disposición del negocio en el extranjero, de acuerdo con el párrafo 48.
Norma Internacional de Contabilidad 21, párrafo 32. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 170 del documento de origen .