NIC 21 · Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera
Párrafo 28 Reconocimiento de las diferencias de cambio
Las diferencias de cambio que surjan al liquidar las partidas monetarias, o al convertir las partidas monetarias a tipos diferentes de los que se utilizaron para su reconocimiento inicial, ya se hayan producido durante el periodo o en estados financieros previos, se reconocerán en los resultados del periodo en el que aparezcan, con las excepciones descritas en el párrafo 32.
Norma Internacional de Contabilidad 21, párrafo 28. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 169 del documento de origen .