NIC 19 · Beneficios a los Empleados

Párrafo 36 Planes multi-patronales

Cuando una entidad disponga de información suficiente acerca de un plan de beneficios definidos multi- patronal, contabilizará su parte proporcional de la obligación por beneficios definidos, de los activos del plan y de los costos post-empleo asociados con el plan, de la misma forma que lo haría con cualquier otro plan de beneficios definidos. Sin embargo, una entidad puede no ser capaz de identificar su participación en la posición financiera subyacente y en los rendimientos del plan con una fiabilidad que sea suficiente como para poder contabilizarlos. Esto puede ocurrir si: (a) el plan expone a las entidades participantes a riesgos actuariales asociados con los empleados actuales o anteriores de otras entidades, y como consecuencia de ello no existe ningún procedimiento coherente y fiable para distribuir las obligaciones, los activos del plan y el costo entre las entidades individuales participantes del plan; o (b) la entidad no tiene acceso a información suficiente acerca del plan para satisfacer los requerimientos de esta Norma. En esos casos, una entidad contabilizará el plan como si fuera de aportaciones definidas, y revelará la información requerida por el párrafo 148.

Norma Internacional de Contabilidad 19, párrafo 36. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 137 del documento de origen .

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