NIC 12 · Impuesto a las Ganancias
Párrafo 78 Diferencias de cambio en los activos o pasivos por impuestos diferidos en moneda extranjera
La NIC 21, exige el reconocimiento como ingresos o gastos de ciertas diferencias de cambio, pero no especifica si tales diferencias deben ser presentadas en el estado del resultado integral. Por consiguiente, cuando las diferencias de cambio en los activos y pasivos por impuestos diferidos extranjeros se reconozcan en el estado del resultado integral, estas diferencias pueden clasificarse como gastos (ingresos) por impuestos diferidos, si se considera que esa presentación es más útil para los usuarios de los estados financieros.
Norma Internacional de Contabilidad 12, párrafo 78. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 114 del documento de origen .