NIA 720 · (Revisada): responsabilidad del auditor con respecto a otra información

Párrafo 21 Informe

El informe de auditoría incluirá una sección titulada “Otra información", u otro título adecuado, cuando, en la fecha del informe de auditoría: (a) en el caso de una auditoría de los estados financieros de una entidad cotizada, el auditor haya obtenido, o espere obtener, la otra información o, (b) en el caso de una auditoría de los estados financieros de una entidad que no es una entidad cotizada, el auditor haya obtenido toda o parte de la otra información. (Ref: Apartado A52)

Norma Internacional de Auditoría 720, párrafo 21. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 476 del documento de origen .

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