NIA 620 · Utilización del trabajo de un experto del auditor
Párrafo A31 Confidencialidad (Ref.: Apartado 11(d))
Es necesario que los preceptos en materia de confidencialidad de los requerimientos de ética aplicables a los que esté sujeto el auditor también se apliquen al experto del auditor. Pueden existir requerimientos adicionales impuestos por las disposiciones legales o reglamentarias. Asimismo, la entidad también puede haber solicitado que se acuerden con los expertos externos del auditor requisitos de confidencialidad específicos.
Norma Internacional de Auditoría 620, párrafo A31. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 380 del documento de origen .