NIA 620 · Utilización del trabajo de un experto del auditor

Párrafo A20 Competencia, capacidad y objetividad del experto del auditor (Ref.: Apartado 9)

Al evaluar la objetividad del experto externo del auditor, puede ser relevante: (a) Indagar ante la entidad sobre los posibles intereses y relaciones conocidos que tenga la entidad con el experto externo del auditor y que puedan afectar a la objetividad de dicho experto. (b) Discutir con dicho experto las posibles salvaguardas aplicables, incluidos cualesquiera requerimientos profesionales aplicables al experto, y evaluar si las salvaguardas son adecuadas para reducir las amenazas a un nivel aceptable. Entre los intereses y relaciones que puede ser relevante discutir con el experto del auditor, se incluyen los siguientes: • Intereses financieros • Relaciones de negocio y personales. • Prestación de otros servicios por el experto, incluidos los prestados por la organización en el caso de que el experto externo sea una organización. En algunos casos, también puede ser adecuado que el auditor obtenga una manifestación escrita del experto externo del auditor sobre los posibles intereses o relaciones con la entidad de los que el experto tenga conocimiento.

Norma Internacional de Auditoría 620, párrafo A20. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 378 del documento de origen .

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