NIA 580 · Manifestaciones escritas

Párrafo 18 Dudas sobre la fiabilidad de las manifestaciones escritas y manifestaciones escritas solicitadas y no proporcionadas

Si el auditor llega a la conclusión de que las manifestaciones escritas no son fiables, adoptará todas las medidas adecuadas, incluida la determinación del posible efecto sobre la opinión en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 705 (Revisada),444 teniendo en cuenta el requerimiento del apartado 20 de esta NIA. Manifestaciones escritas solicitadas y no proporcionadas 19. Si la dirección no proporciona una o más manifestaciones escritas de las solicitadas, el auditor: (a) discutirá la cuestión con la dirección; (b) evaluará de nuevo la integridad de la dirección y evaluará el efecto que esto pueda tener sobre la fiabilidad de las manifestaciones (verbales o escritas) y sobre la evidencia de auditoría en general; y (c) adoptará las medidas adecuadas, incluida la determinación del posible efecto sobre la opinión en el informe de auditoría de conformidad con la NIA 705 (Revisada), teniendo en cuenta el requerimiento del apartado 20 de esta NIA. Manifestaciones escritas sobre las responsabilidades de la dirección 20. El auditor denegará la opinión sobre los estados financieros, de conformidad con la NIA 705 (Revisada), cuando: (a) concluya que existen suficientes dudas sobre la integridad de la dirección como para que las manifestaciones escritas requeridas por los apartados 10 y 11 no sean fiables; o (b) la dirección no facilite las manifestaciones escritas requeridas por los apartados 10 y 11. (Ref.: Apartados A26–A27)

Norma Internacional de Auditoría 580, párrafo 18. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 322 del documento de origen .

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