NIA 580 · Manifestaciones escritas
Párrafo 14 Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos
La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros. Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditoría. (Ref.: Apartados A15–A18)
Norma Internacional de Auditoría 580, párrafo 14. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 321 del documento de origen .