NIA 580 · Manifestaciones escritas

Párrafo 14 Fecha de las manifestaciones escritas y periodo o periodos cubiertos

La fecha de las manifestaciones escritas será tan próxima como sea posible, pero no posterior, a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros. Las manifestaciones escritas se referirán a todos los estados financieros y periodo o periodos a los que se refiere el informe de auditoría. (Ref.: Apartados A15–A18)

Norma Internacional de Auditoría 580, párrafo 14. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 321 del documento de origen .

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