NIA 560 · Hechos posteriores al cierre

Párrafo 2 Hechos posteriores

Los estados financieros se pueden ver afectados por determinados hechos que ocurran con posterioridad a la fecha de los estados financieros. Muchos marcos de información financiera se refieren específicamente a tales hechos.405 Dichos marcos de información financiera suelen identificar dos tipos de hechos: (a) aquellos que proporcionan evidencia sobre condiciones que existían en la fecha de los estados financieros; y (b) aquellos que proporcionan evidencia sobre condiciones que surgieron después de la fecha de los estados financieros. La NIA 700 explica que la fecha del informe de auditoría informa al lector de que el auditor ha considerado el efecto de los hechos y de las transacciones ocurridos hasta dicha fecha de los que el auditor tiene conocimiento.406 Fecha de entrada en vigor 3. Esta NIA es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 15 de diciembre de 2009.

Norma Internacional de Auditoría 560, párrafo 2. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 295 del documento de origen .

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