NIA 510 · Encargos iniciales de auditoría – saldos de apertura
Párrafo 6 Requerimientos
El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre si los saldos de apertura contienen incorrecciones que afecten de forma material a los estados financieros del periodo actual mediante: (Ref.: Apartados A1–A2) (a) la determinación de si los saldos de cierre del periodo anterior han sido correctamente traspasados al periodo actual o, cuando proceda, si han sido reexpresados; (b) la determinación de si los saldos de apertura reflejan la aplicación de políticas contables adecuadas; y (c) la realización de uno o más de los siguientes procedimientos: (Ref.: Apartados A3–A7) (i) la revisión de los papeles de trabajo del auditor predecesor para obtener evidencia en relación con los saldos de apertura, si los estados financieros del ejercicio anterior hubieran sido auditados; (ii) la evaluación relativa a si los procedimientos de auditoría aplicados en el periodo actual proporcionan evidencia relevante en relación con los saldos de apertura; o (iii) la aplicación de procedimientos de auditoría específicos para obtener evidencia en relación con los saldos de apertura.
Norma Internacional de Auditoría 510, párrafo 6. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 229 del documento de origen .