NIA 510 · Encargos iniciales de auditoría – saldos de apertura
Párrafo 11 Información relevante en el informe de auditoría del auditor predecesor
Si el auditor concluye que los saldos de apertura contienen una incorrección que afecta de forma material a los estados financieros del periodo actual, y si el efecto de la incorrección no se registra, se presenta o se revela adecuadamente, el auditor expresará una opinión con salvedades o una opinión desfavorable, según corresponda, de conformidad con la NIA 705.
Norma Internacional de Auditoría 510, párrafo 11. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 229 del documento de origen .