NIA 505 · Confirmaciones externas
Párrafo A14 Resultados de los procedimientos de confirmación externa
La NIA 500 requiere que el auditor determine si debe modificar los procedimientos o aplicar procedimientos adicionales para resolver las dudas sobre la fiabilidad de la información que utilizará como evidencia de auditoría.309 El auditor puede elegir verificar la fuente y el contenido de una respuesta a una solicitud de confirmación contactando con la parte confirmante. Por ejemplo, cuando la parte confirmante 306 NIA 315 (Revisada), Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno, apartado 31. 307 NIA 240, apartado 24. 308 NIA 500, apartado A31. 309 NIA 500, apartado 11. responde por correo electrónico, el auditor puede telefonearle para determinar si la parte confirmante realmente, envió la respuesta. Cuando se ha enviado una respuesta al auditor indirectamente (por ejemplo, porque la parte confirmante la envió de forma incorrecta a la entidad en vez de al auditor), el auditor puede solicitar a la parte confirmante que le responda por escrito directamente a él.
Norma Internacional de Auditoría 505, párrafo A14. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 225 del documento de origen .