NIA 505 · Confirmaciones externas
Párrafo 1 Alcance de esta NIA
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata del empleo por parte del auditor de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría de conformidad con los requerimientos de la NIA 330293 y de la NIA 500.294 No trata de las indagaciones sobre litigios y reclamaciones, las cuales se contemplan en la NIA 501.295 Procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría 2. La NIA 500 indica que la fiabilidad de la evidencia de auditoría se ve afectada por su origen y naturaleza, y depende de las circunstancias concretas en las que se obtiene.296 Dicha NIA también incluye las siguientes generalizaciones aplicables a la evidencia de auditoría:297 • La evidencia de auditoría es más fiable cuando se obtiene de fuentes independientes externas a la entidad. • La evidencia de auditoría obtenida directamente por el auditor es más fiable que la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia. • La evidencia de auditoría es más fiable cuando existe en forma de documento, ya sea en formato papel, soporte electrónico u otro medio. Por consiguiente, dependiendo de las circunstancias de la auditoría, la evidencia de auditoría en forma de confirmaciones externas recibidas directamente por el auditor procedentes de las partes confirmantes puede ser más fiable que la evidencia generada internamente por la entidad. Esta NIA tiene como finalidad facilitar al auditor el diseño y la aplicación de procedimientos de confirmación externa para obtener evidencia de auditoría fiable y relevante.
Norma Internacional de Auditoría 505, párrafo 1. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 221 del documento de origen .