NIA 330 · Respuestas del auditor a los riesgos valorados
Párrafo A7 Naturaleza, momento de realización y extensión de los procedimientos de auditoría posteriores (Ref.: Apartado 6)
La extensión de un procedimiento de auditoría se refiere al volumen cuantitativo de lo que ha de realizarse, por ejemplo, el tamaño de la muestra o el número de observaciones de una actividad de control.
Norma Internacional de Auditoría 330, párrafo A7. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 171 del documento de origen .