NIA 330 · Respuestas del auditor a los riesgos valorados
Párrafo A42 Procedimientos sustantivos (Ref.: Apartado 18)
El apartado 18 requiere que el auditor diseñe y aplique procedimientos sustantivos para cada tipo de transacción, saldo contable e información a revelar que resulten materiales, con independencia de los riesgos valorados de incorrección material. Este requerimiento refleja los siguientes hechos: (a) la valoración del riesgo por el auditor supone el ejercicio de un juicio, por lo que es posible que no identifique todos los riesgos de incorrección material; y (b) existen limitaciones inherentes al control interno, incluida su posible elusión por la dirección.
Norma Internacional de Auditoría 330, párrafo A42. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 176 del documento de origen .