NIA 330 · Respuestas del auditor a los riesgos valorados
Párrafo 26 Evaluación de la suficiencia y adecuación de la evidencia de auditoría
El auditor concluirá si se ha obtenido evidencia de auditoría suficiente y adecuada. Para formarse una opinión, el auditor considerará toda la evidencia de auditoría relevante, independientemente de si parece corroborar o contradecir las afirmaciones contenidas en los estados financieros. (Ref.: Apartado A62)
Norma Internacional de Auditoría 330, párrafo 26. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 169 del documento de origen .