NIA 315 · (Revisada): identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno

Párrafo A153 Identificación y valoración del riesgo de incorrección material

El modo en que se deben documentar los requerimientos del apartado 32 debe determinarlo el auditor de acuerdo con su juicio profesional. Por ejemplo, en las auditorías de entidades de pequeña dimensión, la documentación puede incluirse en la del auditor relativa a la estrategia global de auditoría y plan de auditoría.212 Del mismo modo, por ejemplo, los resultados de la valoración del riesgo se pueden documentar por separado o se pueden incluir en la documentación del auditor sobre los procedimientos posteriores.213 La forma y extensión de la documentación depende de la naturaleza, dimensión y complejidad de la entidad, así como de su control interno, de la disponibilidad de información por parte de la entidad y de la metodología y tecnología de auditoría utilizadas en el transcurso de la auditoría.

Norma Internacional de Auditoría 315, párrafo A153. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 154 del documento de origen .

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