NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría

Párrafo A20 Condiciones previas a la auditoría

Entre la información adicional que puede solicitar el auditor a la dirección para los fines de la auditoría están, en su caso, las cuestiones relacionadas con otra información de conformidad con la NIA 720 (Revisada). Cuando el auditor espera recibir otra información después de la fecha del informe de auditoría, los términos del encargo de auditoría también pueden reconocer las responsabilidades del auditor en relación con dicha otra información y, cuando proceda, las medidas que pueden resultar adecuadas o necesarias si el auditor concluye que existe una incorrección material en otra información obtenida después de la fecha del informe de auditoría. Consideraciones relevantes para entidades de pequeña dimensión (Ref.: Apartado 6(b))

Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo A20. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 26 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Condiciones previas a la auditoría»

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