NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría

Párrafo A14 Condiciones previas a la auditoría

Si la dirección rehúsa reconocer sus responsabilidades o proporcionar las manifestaciones escritas, el auditor no podrá obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada.43 En estas circunstancias, no sería adecuado que el auditor aceptara el encargo de auditoría, salvo que las disposiciones legales o reglamentarias se lo exijan. En los casos en que se requiera que el auditor acepte el encargo de auditoría, puede ser necesario que el auditor explique a la dirección la importancia de estas cuestiones y sus consecuencias para el informe de auditoría. Preparación de los estados financieros (Ref.: Apartado 6(b)(i))

Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo A14. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 25 del documento de origen .

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