NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría

Párrafo A1 Consideraciones adicionales relacionadas con la aceptación del encargo

Los encargos que proporcionan un grado de seguridad, entre los que se incluyen los encargos de auditoría, sólo podrán aceptarse cuando el profesional ejerciente considere que se cumplirán los requerimientos de ética aplicables, tales como la independencia y la competencia profesional, y cuando el encargo presente determinadas características.37 Las responsabilidades del auditor con respecto a los requerimientos de ética en el contexto de la aceptación de un encargo de auditoría, y en la medida en que se encuentren bajo el control del auditor, se tratan en la NIA 220.38 La presente NIA trata de las cuestiones (o condiciones previas) que están bajo control de la entidad y sobre las que es necesario que el auditor y la dirección de la entidad alcancen un acuerdo.

Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo A1. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 23 del documento de origen .

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