NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría
Párrafo 15 Aceptación de una modificación de los términos del encargo de auditoría
Si antes de finalizar el encargo de auditoría, se solicita al auditor que convierta el encargo de auditoría en un encargo que ofrezca un menor grado de seguridad, el auditor determinará si existe una justificación razonable para ello. (Ref.: Apartados A34–A35)
Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo 15. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 21 del documento de origen .