NIA 210 · Acuerdo de los términos del encargo de auditoría
Párrafo 13 Auditorías recurrentes
En las auditorías recurrentes, el auditor valorará si las circunstancias requieren la revisión de los términos del encargo de auditoría y si es necesario recordar a la entidad los términos existentes del encargo de auditoría. (Ref.: Apartado A30)
Norma Internacional de Auditoría 210, párrafo 13. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 21 del documento de origen .