Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha · Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha

Párrafo 70 Cumplen la Hipótesis de Negocio en marcha”

Las cifras del último estado de situación financiera presentado por la entidad en la fecha inmediatamente anterior a la fecha de inicio de la liquidación pueden diferir de las cifras incluidas en el estado de los activos netos de la liquidación en la fecha inicial de la liquidación. En este caso, la entidad revelará en los estados financieros o en las notas la información necesaria para que los usuarios de los estados financieros puedan conocer el origen de los ajustes que se derivan de la no aplicación de la hipótesis de negocio en marcha y la aplicación de la base contable del valor neto de liquidación. H. Reactivación de la Entidad 71. Cuando una entidad que se encuentra en proceso de liquidación haya obtenido autorización para su reactivación, por ejemplo, por la celebración de un acuerdo dentro de una liquidación obligatoria, o un acuerdo de reorganización en un proceso de liquidación judicial, sus activos y pasivos deberán ser remedidos aplicando la hipótesis de negocio en marcha. Para tal fin, tendrá en cuenta los valores registrados en los libros de la entidad antes de haber aplicado la base contable del valor neto de liquidación y los cambios que se hubiesen originado por amortizaciones, depreciaciones, deterioro u otros ajustes a los activos y pasivos, que hubieran resultado apropiados al aplicar la hipótesis de negocio en marcha, y que están contenidos en los marcos técnicos de los Grupos 1, 2 o 3.

Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, párrafo 70. Anexo 5 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 14 del documento de origen .

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