Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha · Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha

Párrafo 48 Cumplen la Hipótesis de Negocio en marcha”

No será necesario la realización de nuevos avalúos, al cierre de cada período, siempre y cuando exista evidencia objetiva que demuestre que no ha habido un cambio significativo o material en el valor neto de liquidación. La frecuencia de las revaluaciones dependerá de los cambios que experimenten los valores netos de liquidación de los activos y pasivos que son objeto de remedición. Cuando el valor neto de liquidación de un activo o pasivo difiera significativamente del valor neto de liquidación reportado en los informes financieros de un período anterior, será necesario efectuar una nueva medición. Procedimiento para determinar el valor neto de liquidación de los activos y pasivos 49. El valor neto de liquidación de los activos y pasivos se calculará con base en la información más fiable con que cuente la entidad, deduciendo al valor de liquidación de los activos los costos y gastos estimados para su terminación y disposición, y adicionando al valor de liquidación de los pasivos los gastos estimados que serán necesarios para liquidar o ser exonerado de las obligaciones. La información es fiable cuando es verificable y existe poca incertidumbre sobre la medición.

Normas para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, párrafo 48. Anexo 5 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 10 del documento de origen .

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