Marco internacional de encargos de aseguramiento · Marco internacional de encargos de aseguramiento

Párrafo 73 Riesgo del encargo

Reducir el riesgo de un encargo a cero es muy raramente alcanzable o práctico, teniendo en cuenta la relación coste-beneficio y, en consecuencia, "seguridad razonable" es menos que seguridad absoluta debido a factores como los siguientes: • La utilización de pruebas selectivas. • Las limitaciones inherentes al control interno. • El hecho de que mucha de la evidencia que está al alcance del profesional ejerciente es más convincente que concluyente. • El uso de juicio profesional en la obtención y en la evaluación de evidencia y en la formación de conclusiones basadas en dicha evidencia. • En algunos casos, las características de la materia subyacente objeto de análisis cuando se mide o evalúa sobre la base de ciertos criterios.

Marco internacional de encargos de aseguramiento, párrafo 73. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 16 del documento de origen .

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