CINIIF 7 · Aplicación del Procedimiento de Reexpresión según la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias

Párrafo 6 Fecha de vigencia

Una entidad aplicará esta Interpretación en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de marzo de 2006. Se aconseja su aplicación anticipada. Si una entidad aplicase esta Interpretación para un período que comenzase antes del 1 de marzo de 2006, revelará ese hecho.

Interpretación CINIIF 7, párrafo 6. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 769 del documento de origen .

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