CINIIF 7 · Aplicación del Procedimiento de Reexpresión según la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias
Párrafo 5 Acuerdo
Después de que una entidad haya reexpresado sus estados financieros, todas las cifras comparativas que figuren en esos estados para períodos posteriores, incluyendo las partidas por impuestos diferidos, se reexpresarán aplicando la variación en la unidad de medida para esos períodos posteriores, únicamente a los estados financieros reexpresados en el período anterior.
Interpretación CINIIF 7, párrafo 5. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 769 del documento de origen .