CINIIF 5 · Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental
Párrafo 9 Contabilización de la participación en un fondo
Si el contribuyente no tiene control, o control conjunto o influencia significativa sobre el fondo, reconocerá el derecho a recibir los pagos del fondo como un reembolso, tal como dispone la NIC 37. Este reembolso se medirá por el menor de: (a) el importe de la obligación de retiro del servicio reconocida; y (b) la participación del contribuyente en el valor razonable de los activos netos del fondo atribuibles a los contribuyentes. Los cambios del importe en libros del derecho a recibir reembolsos, distintos de las aportaciones y los pagos del fondo, se reconocerán en el resultado del periodo en el que tengan lugar dichos cambios.
Interpretación CINIIF 5, párrafo 9. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 764 del documento de origen .