CINIIF 5
Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental
Interpretación CINIIF 5
Referencias
• NIIF 9 Instrumentos Financieros • NIIF 10 Estados Financieros Consolidados • NIIF 11 Acuerdos Conjuntos • NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores • NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos • NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes
Antecedentes
- 1La finalidad de la constitución de fondos para retiro del servicio, la restauración y la rehabilitación medioambiental, que en lo sucesivo se denominarán “fondos para retiro del servicio”…
- 2Las aportaciones a estos fondos pueden ser voluntarias o requeridas por reglamentos o leyes. Los fondos pueden tener alguna de las siguientes estructuras: (a) Fondos establecidos por un…
- 3Fondos como los descritos tienen generalmente las siguientes características: (a) El fondo es administrado separadamente por gestores independientes. (b) Las entidades (contribuyentes) efectúan aportaciones al fondo, que se…
Alcance
- 4Esta Interpretación se aplica a la contabilización, en los estados financieros del contribuyente, de las participaciones surgidas de fondos para retiro del servicio que contengan las dos características…
- 5Una participación residual en un fondo más allá del simple derecho al reembolso, tal como un derecho contractual al reparto del remanente, una vez que todo el retiro…
Problemas
Contabilización de la participación en un fondo
- 7El contribuyente reconocerá su obligación a pagar los costos de retiro del servicio como un pasivo y reconocerá su participación en el fondo de forma separada, a menos…
- 8El contribuyente determinará si tiene control, control conjunto o influencia significativa sobre el fondo por referencia a las NIIF 10, NIIF 11 y NIC 28. Si así fuera,…
- 9Si el contribuyente no tiene control, o control conjunto o influencia significativa sobre el fondo, reconocerá el derecho a recibir los pagos del fondo como un reembolso, tal…
Contabilización de las obligaciones de efectuar aportaciones adicionales
Información a revelar
- 11El contribuyente revelará la naturaleza de su participación en el fondo así como toda restricción al acceso a los activos en el fondo.
- 12Cuando el contribuyente tenga la obligación de efectuar aportaciones potenciales adicionales, que no estén reconocidas como pasivos (véase el párrafo 10), deberá revelar la información requerida por el…
- 13Cuando el contribuyente contabilice su participación en el fondo de acuerdo con el párrafo 9, deberá revelar la información requerida por el párrafo 85(c) de la NIC 37.
Fecha de vigencia
- 14Una entidad aplicará esta Interpretación en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2006. Se aconseja su aplicación anticipada. Si la entidad aplicase…
- 14A[Eliminado]
- 14BLas NIIF 10 y NIIF 11, emitida en mayo de 2011, modificaron los párrafos 8 y 9. Una entidad aplicará esas modificaciones cuando aplique las NIIF 10 y…
- 14C[Eliminado]
- 14DLa NIIF 9, emitida en julio de 2014, modificó el párrafo 5 y eliminó los párrafos 14A y 14C. Una entidad aplicará esas modificaciones cuando aplique la NIIF…
Transición
Texto tomado de Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015. Texto tomado de los anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 y sus modificaciones, que incorporan al ordenamiento colombiano las Normas Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento. Se publica como material de consulta: no sustituye la edición oficial de la norma ni constituye asesoría profesional.