CINIIF 2 · Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos Similares

Párrafo 5 Acuerdo

El derecho contractual del tenedor de un instrumento financiero (incluyendo las aportaciones de los socios de entidades cooperativas) a solicitar el rescate no obliga, por sí mismo, a clasificar el citado instrumento como un pasivo financiero. Más bien la entidad tendrá en cuenta todos los términos y condiciones del instrumento financiero al clasificarlo como pasivo financiero o como patrimonio. Estos plazos y condiciones incluyen las leyes locales y reglamentos aplicables o los estatutos de la entidad vigentes en la fecha de la clasificación, pero no incluyen las modificaciones esperadas de dichas leyes, reglamentos o estatutos particulares.

Interpretación CINIIF 2, párrafo 5. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 756 del documento de origen .

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