Artículo 570 del Estatuto Tributario — Constancia de los recursos

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Estatuto Tributario · Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales · Título I — Actuación · Normas generales · Decreto 624 de 1989

En el acto de notificación de las providencias se dejará constancia de los recursos que proceden contra el correspondiente acto administrativas.


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