Artículo 546 del Estatuto Tributario — Sanción a las autoridades por no prestar apoyo y garantias a los funcionarios encargados del control y fiscalización del

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Estatuto Tributario · Libro Cuarto — Impuesto de timbre nacional · Título IX — Sanciones · Decreto 624 de 1989

Ajuste de las cifras en valores absolutos en términos de UVT por el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006 (A partir del año gravable 2007). El texto con el nuevo término es el siguiente:

Los Gobernadores de los Departamentos y Alcaldes que no presten apoyo a los funcionarios encargados del control y fiscalización del impuesto de timbre serán sancionados con multa de 1,5 a 7 UVT, impuesta por el superior jerárquico del infractor.


Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 546 del Estatuto Tributario

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