Artículo 513-9 del Estatuto Tributario — Tarifa del impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añad

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Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título X — Impuestos saludables · Capítulo II · Decreto 624 de 1989

Artículo adicionado por el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:

La tarifa del impuesto será del diez por ciento (10%) en el año 2023, del quince por ciento (15%) en el año 2024 y del veinte por ciento (20%) a partir del año 2025.


Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 513-9 del Estatuto Tributario

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