Artículo 432 del Estatuto Tributario — En el servicio de telefonos se causa al momento del pago
Texto de referencia del catálogo de normatividad. Ver la ficha completa →
Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título II — Causación del impuesto · Decreto 624 de 1989
En el caso del servicio de teléfonos de que trata el artículo 476 numerales 10 y 11, el gravamen se causa en el momento del pago correspondiente hecho por el usuario.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 432 del Estatuto Tributario
¿Lo estás aplicando a un caso concreto, o te topaste con una interpretación distinta de la DIAN? Cuéntalo aquí abajo: es lo que no está en el texto de la norma y es lo que busca quien llega a este artículo.