Artículo 421-1 del Estatuto Tributario — IVA para tiquetes aereos internacionales adquiridos en el exterior
Texto de referencia del catálogo de normatividad. Ver la ficha completa →
Estatuto Tributario · Libro Tercero — Impuesto sobre las ventas · Título I — Hecho generador del impuesto · Decreto 624 de 1989
Ver Notas del Editor
<Artículo adicionado por el artículo 57 de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> También estarán sujetos al gravamen del IVA los tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior para ser utilizados originando el viaje en el territorio nacional.
Corresponderá a la compañía aérea, al momento de su utilización, liquidar y efectuar el recaudo del impuesto sobre la tarifa vigente en Colombia para la ruta indicada en el tiquete.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 421-1 del Estatuto Tributario
¿Lo estás aplicando a un caso concreto, o te topaste con una interpretación distinta de la DIAN? Cuéntalo aquí abajo: es lo que no está en el texto de la norma y es lo que busca quien llega a este artículo.