Artículo 33-1 del Estatuto Tributario — Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a costo amortizado
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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título I — Renta · Capítulo I — Ingresos · Decreto 624 de 1989
Artículo adicionado por el artículo 33 de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:
Los ingresos, costos y gastos provenientes de instrumentos financieros medidos a costo amortizado, se entienden realizados de conformidad con lo previsto en el primer inciso del artículo 28, 59, 105 de este Estatuto.
Ficha completa del artículo, con sus notas de vigencia, la jurisprudencia y el texto anterior: Artículo 33-1 del Estatuto Tributario
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