Artículo 239 del Estatuto Tributario — No habra lugar a la comparación patrimonial
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Estatuto Tributario · Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios · Título I — Renta · Capítulo VIII — Renta gravable especial · Comparación patrimonial · Decreto 624 de 1989
La conversión de títulos de deuda pública externa de que trata el artículo 42, no dará lugar a determinar la renta por el sistema de comparación de patrimonios.
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Ficha del artículo en la sección de normatividad: Artículo 239 del Estatuto Tributario
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