Artículo 79 del Estatuto Tributario
Determinación del valor de los pagos en especie que constituyen costo
Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título I — Renta Capítulo II — Costos Otras normas comunes al costo de activos fijos y movibles
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
El valor de los pagos o abonos en especie que sean constitutivos de costos, se determinará conforme a lo señalado para los ingresos en el artículo 29.
El valor de los pagos o abonos en especie que sean constitutivos de costos, se determinará conforme a lo señalado para los ingresos en el artículo 29.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
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