Artículo 789 del Estatuto Tributario

Los hechos que justifican aumento patrimonial

Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales Título VI — Regimen probatorio Capítulo III — Circunstancias especiales que deben ser probadas por el contribuyente

Expide:
Presidencia de la República
Año:
1989

Los hechos que justifiquen los aumentos patrimoniales deben ser probados por el contribuyente, salvo cuando se consideren ciertos de conformidad con el artículo 746.

Los hechos que justifiquen los aumentos patrimoniales deben ser probados por el contribuyente, salvo cuando se consideren ciertos de conformidad con el artículo 746.

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