Artículo 367 del Estatuto Tributario

Finalidad de la retención en la fuente

Libro Segundo — Retención en la fuente Título I — Disposiciones generales

Expide:
Presidencia de la República
Año:
1989

La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause.

Jurisprudencia

Corte Constitucional:

  • Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia No. C-421-95 del 21 de septiembre de 1995, Magistrado Ponente, Dr. Jorge Arango Mejía, 'solamente en cuanto estas disposiciones no desconocen el derecho al debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Constitución'.
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El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.

Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.

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Artículo 366-1 del Estatuto Tributario — Facultad para establecer retención en la fuente por ingresos del exterior

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