Sección 7 · Estado de Flujos de Efectivo

Párrafo 6.5 Información a presentar en el estado de resultados y ganancias acumuladas

Una entidad presentará en el estado de resultados y ganancias acumuladas, además de la información exigida en la Sección 5 Estado del Resultado Integral y Estado de Resultados, las siguientes partidas: (a) ganancias acumuladas al comienzo del periodo sobre el que se informa; (b) dividendos declarados durante el periodo, pagados o por pagar; (c) reexpresión de ganancias acumuladas por correcciones de errores de periodos anteriores; (d) reexpresiones de ganancias acumuladas por cambios en políticas contables; y (e) ganancias acumuladas al final del periodo sobre el que se informa.

NIIF para las Pymes, sección 7, párrafo 6.5. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 18 del documento de origen .

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