Sección 30 · Conversión de la Moneda Extranjera
Párrafo 30.23 Conversión de un negocio en el extranjero a la moneda de presentación del inversor
Cualquier plusvalía surgida por la adquisición de un negocio en el extranjero y cualesquiera ajustes del valor razonable a los importes en libros de los activos y pasivos que surgen en la adquisición de ese negocio en el extranjero, se tratarán como activos y pasivos del negocio en el extranjero. Así, éstos se expresarán en la moneda funcional del negocio en el extranjero, y que se convertirán a la tasa de cambio de cierre, de acuerdo con el párrafo 30.18.
NIIF para las Pymes, sección 30, párrafo 30.23. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 121 del documento de origen .