Sección 27 · Deterioro del Valor de los Activos

Párrafo 27.16 Valor en uso

Los siguientes elementos deberán reflejarse en el cálculo del valor en uso de un activo: (a) una estimación de los flujos de efectivo futuros que la entidad espera obtener del activo; (b) las expectativas sobre posibles variaciones en el importe o en la distribución temporal de dichos flujos de efectivo futuros; (c) el valor del dinero en el tiempo, representado por la tasa de interés de mercado sin riesgo; (d) el precio por la presencia de incertidumbre inherente en el activo; y (e) otros factores, tales como la iliquidez, que los participantes en el mercado reflejarían al poner precio a los flujos de efectivo futuros que la entidad espera que se deriven del activo.

NIIF para las Pymes, sección 27, párrafo 27.16. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 101 del documento de origen .

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